CAMBIO DE LISTA
El registro de Matrícula se lleva en varios libros foliados, denominados "Listas" en los que se registran los buques, embarcaciones y artefactos navales atendiendo a su procedencia y actividad.
Las embarcaciones deportivas con fines lucrativos se registran en la lista sexta, y las que son sin esta finalidad, es decir las que cuyo uso sea la práctica del deporte sin propósito lucrativo o la pesca no profesional, se registran en la lista séptima.
En el caso de cambios de lista 6ª a 7ª en embarcaciones de eslora total mayor de 7.50 metros, sin haber transcurrido más de 4 años desde la primer matriculación definitiva, deberá aportar justificante del pago de Impuesto de Matriculación o declaración de no sujeción o exención, para que el cambio de lista sea efectivo ante el Registro de Buques. Esto se debe a que las embarcaciones en lista sexta no pagan impuesto de matriculación, el cual asciende a un 12% del valor de compra del barco.
Documentación Necesaria:
Importe del trámite:
CAMBIO DE NOMBRE
Para modificar la denominación, el nombre debidamente registrado de una embarcación, es necesaria la siguiente documentación:
Importe del trámite:
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