El examen teórico de Patrón de Recreo consta de 65 preguntas tipo test, siendo 4 de ellas ejercicios sobre la carta de navegación. El número de preguntas varía en función del apartado, tal y como se detalla a continuación:
Para superar el examen de Patrón de Embarcaciones de Recreo se deben resolver correctamente el 70 % de dichas preguntas (máximo 19 errores) y cumplir las siguientes condiciones eliminatorias:
En Cataluña se realizan exámenes mensuales para la obtención de su título de Patrón de Embarcaciones de Recreo, las convocatorias para el 2008 son las siguientes:
Si usted desea realizar el examen en otra comunidad, a continuación le exponemos las fechas de examen de 2007 fuera de Catalunya, y no espere más para la obtención de su título de Patrón disponemos de una amplia gama de cursos online y presenciales.
Si realiza el examen en Catalunya uno de los monitores de la escuela estará presente en el recinto del examen para su ayudan y asistencia.
Al llegar al lugar del examen, debe consultar en las listas de inscritos el aula que le han asignado, y unos cinco minutos antes de la hora de inicio presentarse en la entrada de esta, donde un controlador le solicitará que muestre el DNI, NIE o pasaporte en vigor, el cual es indispensable para poder realizar el examen.
A parte de su documentación, deberá llevar el siguiente material:
El Teléfono de asistencia en examen es el: 607.320.604
Deberá contactar con el monitor al finalizar la prueba, y hacerle entrega de la copia de sus respuestas.
Una vez realizado el examen, las actas con las notas oficiales salen publicadas unos veinte días después de examinarse, podrá consultar su nota clicando en el siguiente vínculo:
Pero al realizar el curso a través de la escuela, y siempre que haya entregado la copia de sus respuestas al monitor, podrá disponer de una valoración provisional de su examen el martes de la semana siguiente a su realización, contactando con cualquiera de nuestras academias en Barcelona
El examen de Patrón de Embarcaciones de Recreo le autoriza para el gobierno de embarcaciones de recreo a motor y veleros de hasta 12 metros de eslora, con la potencia adecuada a esta eslora, para la navegación que se realice en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a ésta trazada a 12 millas. Así como para la navegación interinsular en los archipiélagos Balear y Canario.