El examen teórico de Patrón de Navegación Básica consta de 30 preguntas tipo test. Siendo el número de preguntas variable en función del apartado, tal y como se detalla a continuación:
Para superar el ejercicio se deben resolver correctamente 23 preguntas (máximo 7 errores). Y no realizar más de 3 fallos entre el apartado de reglamentos y el de balizamiento.
En Cataluña se realizan exámenes mensuales para la obtención de su título de Patrón de Navegación Básica, las convocatorias para el 2008 son las siguientes:
Si usted desea realizar el examen en otra comunidad, a continuación le exponemos las fechas de examen de 2008 fuera de Catalunya, y no espere más para la obtención de su título de Patrón disponemos de una amplia gama de cursos online y presenciales.
Si realiza el examen en Catalunya uno de los monitores de la escuela estará presente en el recinto del examen para su ayudan y asistencia.
Al llegar al lugar del examen, debe consultar en las listas de inscritos el aula que le han asignado, y unos cinco minutos antes de la hora de inicio presentarse en la entrada de esta, donde un controlador le solicitará que muestre el DNI, NIE o pasaporte en vigor, el cual es indispensable para poder realizar el examen.
A parte de su documentación, deberá llevar el siguiente material:
El Teléfono de asistencia en examen es el: 607.320.604
Deberá contactar con el monitor al finalizar la prueba, y hacerle entrega de la copia de sus respuestas.
Una vez realizado el examen, las actas con las notas oficiales salen publicadas unos veinte días después de examinarse, podrá consultar su nota clicando en el siguiente vínculo:
Pero al realizar el curso a través de la escuela, y siempre que haya entregado la copia de sus respuestas al monitor, podrá disponer de una valoración provisional de su examen el martes de la semana siguiente a su realización, contactando con cualquiera de nuestras academias en Barcelona
El examen de Patrón de Navegación Básica, le autoriza para el gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 8 metros de eslora si son de vela, y hasta 6 metros de eslora si son a motor, con la potencia adecuada a esta eslora, siempre y cuando la embarcación no se aleje más de 4 millas, en cualquier dirección, de un abrigo o playa accesible. Así como para la conducción de cualquier tipo de moto acuática sin límite de potencia.