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Normas de Contratación

  1. Para tener cubierta nuestra responsabilidad frente a terceros o Responsabilidad Civil: es necesaria la contratación obligatoria de una de las dos garantías de RC, aunque se puedan contratar ambas.

  2. En los seguros de RC Voluntaria el límite de 150.253,02 € solo se aplicará a embarcaciones que no precisen RC Obligatoria. Los límites de 450.959,07 € y de 601.012,10 € son los límites máximos de indemnización a cargo de la compañía para el conjunto de las garantías de RC.

  3. Para contratar cualquier cobertura de Daños a la embarcación será necesario contratar como mínimo una cobertura de Responsabilidad Civil y la de Pérdida Total.

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