Para las obras de reforma de una embarcación, el procedimiento a seguir es igual sea para un embarcación deportiva o mercante. Las modificaciones que se realicen sobre la embarcación se deben comunicar a la administración y a la empresa aseguradora con la que tengamos formalizado el seguro náutico.

Una de las reformas que se realiza más usualmente es el cambio de motor. Para ello debemos informar a la administración marítima del desacople del antiguo motor y el posterior acople del nuevo, para que ellos como autoridad competente, autoricen el acople ya sea fueraborda, intraborda o mixto.

La documentación necesaria es la siguiente:

  1. Fotocopia del DNI del propietario
  2. Factura de compra del nuevo motor
  3. Certificado de Adeudo
  4. Documentación en vigor del barco: hoja de asiento, certificado de navegabilidad, licencia o rol, …

Para acreditar la legal importación de embarcaciones y motores fueraborda y dentro-fueraborda, los interesados deberán presentar un Certificado emitido por la sociedad importadora española, en papel de la entidad, suscrito por persona con poder suficiente, con su nombre completo, DNI y sello correspondiente.

Importe del trámite:

  • Honorarios de homologación de cualquier tipo de motor: Desde 86 € + IVA

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