El 11 de enero de 2015 entró en vigor la nueva normativa de titulaciones náuticas, la cual comporta múltiples e importantes cambios.
Seguidamente os ofrecemos una tabla informativa con las modificaciones de cada título, así como el proceso para convalidar los antiguos a los nuevos.
También podéis encontrar toda la información en el RD 875/2014.
Navegar sin título náutico
AHORA: Hasta 4 metros de eslora a motor y 5 a vela en navegación diurna con potencia límite máxima de 11,03 kW (14,98 CV).
TRAS LA NUEVA APLICACIÓN: a partir del 12 de octubre se podrá navegar sin título en barcos de hasta 5 m de eslora a motor y 6 m a vela en navegación diurna con potencia límite 11,26 kW (15,3 CV).
Licencia de navegación
La licencia de navegación sustituye a la Autorización Federativa y aumenta sus competencias. A partir de noviembre de 2014 se restringió la obtención del “titulín” (Autorización Federativa) y, ahora, con 4 h de prácticas puede convalidarse por la licencia.
AHORA: no existe. El “titulín” permitía 6 m de eslora, navegación diurna, 40 kW de potencia y navegación en zonas delimitadas por Capitanía General.
TRAS LA NUEVA APLICACIÓN: a partir del 1 de noviembre, la licencia permitirá navegar de día con barcos de hasta 6 m de eslora y a un máximo de 2 millas de la línea de costa. También habilita para el manejo de motos náuticas de clase C.
Patrón de Navegación Básica (PNB)
AHORA: 7,5 m de eslora a motor y 8 m a vela; hasta 5 millas y gobierno de motos náuticas.
TRAS LA NUEVA APLICACIÓN: se unifica a 8 m de eslora para todas las embarcaciones y se mantienen el resto de atribuciones actuales. Con respecto a la formación, los alumnos se examinarán de la teoría mediante un examen de 20 preguntas, y atención! , las asignaturas que se realizan con el PNB y son comunes con el PER quedarán convalidadas automáticamente si posteriormente el alumno quiere obtener el PER. A nivel de prácticas, se deberán realizar 8h. de navegación; y podrán escoger entre 4 h de radiocomunicación o 12 h de radioperador de corto alcance (convalidable para el resto de títulos). Para la habilitación a vela, se deberán realizar 16 h adicionales y específicas de vela, las cuales también son convalidables para el resto de títulos.
Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER)
AHORA: 12 m de eslora a vela y motor, 12 millas desde la línea de costa y navegación por la península y Baleares; actualmente, pueden cursarlo menores (16 años) con permiso paterno.
TRAS LA NUEVA APLICACIÓN: se amplía el gobierno hasta barcos de 15 m de eslora y se requiere ser mayor de edad para cursar el PER. En temas de formativos, será obligatorio cursar un examen de 45 preguntas tipo test, y las 16 h de prácticas básicas, así como realizar las 12 h de radioperador de corto alcance (exceptuando si ya se hizo con el PNB), y las 16 h de vela para la habilitación a vela (exceptuando si ya se hicieron con el PNB). La gran novedad es la posibilidad de ampliar la eslora a 24 m y navegar entre la península y Baleares efectuando simplemente 24 h de prácticas adicionales en modalidad de crucero. A estas prácticas adicionales se las ha bautizado como «Prácticas de habilitación a Baleares»
Patrón de Yate (PY)
AHORA: el PY permite gobernar embarcaciones de hasta 20 m de eslora y a 60 millas de la costa.
TRAS LA NUEVA APLICACIÓN: se amplía la eslora a 24 m y se podrá navegar hasta a 150 millas de la línea de costa; será necesario hacer 48 h de prácticas de navegación (en modalidad de crucero). Así como las 12 h de radioperador y las 16 h de vela (si no se hicieron anteriormente).
De la teoría se eliminan las asignaturas de Radio y de Legislación.
Capitán de Yate (CY)
AHORA: el Capitán de Yate permite la navegación de hasta 24 m de eslora sin límites geográficos.
TRAS LA NUEVA APLICACIÓN: se eliminarán algunas asignaturas del examen teórico (Radiocomunicaciones, Teoría del buque y examen oral de inglés) y se deberán cursar 48 h de navegación (en modalidad de crucero). Así como las 12 de operador de radio de corto alcance y las 16 h de vela (si no se hicieron anteriormente).
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[…] Resumen de las atribuciones y cambios en las titulaciones náuticas tras el RD 875/2014 […]
[…] necesitas cursar el PER, puedes consultar todos los cambios en el artículo Cambios y nuevas titulaciones náuticas 2014-2015 y en el apartado de Patrón de Embarcaciones de Recreo de la […]
Una vez hecho las 24 horas en modalidad de crucero, yo vivo en Galicia se sirve para patronear un barco de 16 o 17 metros por la costa, Gallega o tengo que seguir con el de 12 metros, gracias.
No, la habilitación es limitada a navegar desde levante a Baleares.
Para poder patronear embarcaciones de esa eslora y alejarse más de 12 millas debes hacer el Patrón de Yate,
Saludos!