Venimos con cambios de titulaciones náuticas y una nueva normativa a escasas semanas de terminar este 2014. La normativa se presentó en el BOE del 10 de octubre de este año (RD 875/2014) y se ha centrado principalmente en la nueva legislación que afecta a las titulaciones náuticas y, muy especialmente, en cambios que se relacionan en gran medida con las atribuciones de los mismos.
Todo ello parece dar respuesta a las presiones de escuelas náuticas de formación y otros centros agregados a la náutica en general, que pedían una mayor competitividad y herramientas más dinámicas para participar en un mercado que, en los últimos años, ha tenido que bajar precios y contraerse hasta que pase el temporal.
Cambios en las titulaciones náuticas 2014
En general, aquellos que han estudiado lo que el Boletín Oficial del Estado propone afirman que se está intentando optar por un modelo más práctico, donde la teoría se relegue, poco a poco, a un segundo plano; se facilita el acceso a los títulos más básicos y se incrementa el número de horas en el mar.
Además, se modifican las atribuciones en lo que respecta a la eslora de los barcos a favor del PNB, el PER y el PY, pudiendo convertir nuestra Autorización Federativa (el “Titulín” de toda la vida) en un certificado de navegación sin límite de potencia (¡sí, lo que oís!).
Asimismo, las escuelas náuticas (y también las federaciones) a partir de la aprobación de los cambios de titulaciones náuticas de este 2014 podrán expedir directamente el nuevo «Certificado de Navegación», sin necesidad de realizar examen alguno, sino simplemente realizando una práctica de 4h. y una pequeña sesión teórica de 2h.
Respecto al PNB, todas las personas que lo obtengan, o ya la tengan, les servirá para convalidar la mayoría de las asignaturas del Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER), hecho que abaratará y facilitará su obtención.
En el caso del PER y del resto de titulaciones superiores, la enseñanza teórica se simplifica y aumentan sus atribuciones, pero se incrementa el número de horas de radiocomunicaciones, pasando de realizar 2h en el caso del PER y 4h. en el caso de Patrón de Yate, a tener que asistir a un curso específico de Radio-operador de corto alcance de 12h. de duración. Por suerte, este curso solo se deberá realizar 1 vez para todos las titulaciones, como ya sucedía con la habilitación a vela.
Pero seguramente, el cambio más deseado es que por fin podremos viajar entre península y Baleares con el PER, así como entre las islas del archipiélago balear y también del canario; y se podrá navegar con embarcaciones de hasta 24 metros de eslora. Para ello, simplemente se requerirá realizar unas prácticas específicas, las cuales han denominado «Prácticas de habilitación a Baleares».
Con respecto al Patrón de Yate, lo más destacado de entre sus cambios es la eliminación de algunas asignaturas, como Legislación y Procedimientos Radiotelefónicos; y un considerable aumento de competencias (se permitirá navegar hasta 150 millas de la costa, en lugar de las 60 millas que limitaba actualmente). El examen de Capitán de Yate se mantiene en la misma línea que para los patrones, en este caso, eliminando asignaturas como Radiocomunicaciones, Teoría del Buque y el examen oral de inglés; evidentemente, las atribuciones, sí se mantendrán como estaban.
También hay novedades sobre la posibilidad de cursar actividad profesional con estas titulaciones, pero los cambios legislativos de las titulaciones náuticas tendrán que esperar a la orden del Ministerio; mientras tanto, es tiempo para que las escuelas se pongan a trabajar en los cambios de temario. Eso sí, con diferentes opiniones sobre el tema.
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