Abanderamiento de embarcaciones importadas
Podemos dividir el procedimiento para el abanderamiento de embarcaciones importadas en dos partes. Documentación y Tramitación:
Para iniciar el expediente de abanderamiento deberá aportar a nuestra asesoría náutica la siguiente documentación:
- Instancia del interesado solicitando lista y puerto de matrícula (con propuesta de terna de nombres).
- Se acompaña fotocopia DNI y, en caso de personas jurídicas, copia de escritura de constitución de la sociedad.
- En caso de personas extranjeras, certificado de residencia en España o países UE. aportando además, en este caso, documento que acredite la representación en España.
- Título de propiedad del buque o contrato de arrendamiento en caso de abanderamiento provisional.
- Certificado de baja en el registro de la bandera de procedencia (Baja del pais de origen). En el supuesto de ser un buque importado de nueva construcción, se exigiría un certificado del astillero en el que se especifique que el buque ha sido construido para la exportación.
- DUA de importación si el buque está construido en un país que no esté incluido en la Unión Europea.
Atención: Los documentos otorgados en el extranjero que hayan de reflejarse en el Registro Marítimo de Buques deberán estar traducidos al español y debidamente legalizados por el Cónsul de España. (También se admite si los documentos están legalizados por Notario en virtud de Apostilla según Convenio de la Haya).
A partir de este punto, el proceso de tramitación que se sigue es el siguiente:
- Si es mayor de 6 m de Eslora entre perpendiculares se remite el expediente a la DGMM para su aprobación. si es menor se autoriza en Capitanía.
- Una vez aprobado por DGMM, se efectúa la anotación en la Hoja de Asiento del Registro de Matrícula. Se entrega copia al interesado.
- Se unen Certificados al expediente. y se emite Rol o Licencia de Navegación.
- Con Hoja de asiento actualizada y Resolución de abanderamiento, se entregan al propietario para que efectúe la Inscripción en el Registro Mercantil (solo en el caso de embarcaciones destinadas a un uso profesional).
- Una vez aportado certificación de titularidad y cargas del Registro Mercantil, se remite a DGMM para inscripción definitiva. Cuando vuelve se hace anotación en Hoja de Asiento, entregando una copia al interesado y la otra se une al expediente.
En caso de pesqueros deberá constar informe previo emitido por SG Pesca sobre el abanderamiento y se remitirán fax a la SGPM indicando la fecha de entrada en servicio o fecha de expedición del Rol o Licencia de Pesca, acompañando la hoja de asiento debidamente cumplimentada en caso de importaciones en Listas 3ª y 4ª.